Cómo declarar la venta de tu piso en la renta: guía práctica para propietarios

Cómo declarar la venta de tu piso en la renta: guía práctica para propietarios

Si has vendido tu vivienda recientemente o planeas hacerlo, uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta es cómo reflejar esa operación en tu declaración de la renta. Muchos propietarios desconocen que la venta de un piso puede generar ganancias patrimoniales sujetas a impuestos, o incluso exenciones fiscales en determinados casos. Desde Urbalor, como especialistas en la gestión inmobiliaria en Alcorcón, te explicamos de forma sencilla cómo declarar la venta de tu piso  qué impuestos se pagan y qué situaciones pueden permitirte ahorrar o quedar exento.

¿Por qué hay que declarar la venta de un piso?

La Agencia Tributaria considera que cuando vendes un inmueble obtienes una ganancia o pérdida patrimonial, dependiendo de la diferencia entre el valor de compra y el de venta. Si has vendido el piso por un precio superior al que pagaste en su momento (sumando los gastos y mejoras realizadas), deberás tributar por esa ganancia.

Este tipo de operaciones se incluye dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y se declara cada año en la campaña de la renta, normalmente entre abril y junio.

Por ejemplo:
Si compraste tu vivienda por 150.000 euros y la has vendido por 200.000 euros, la ganancia patrimonial será de 50.000 euros (ajustada según los gastos deducibles y el tiempo de tenencia).

Qué impuestos se pagan al vender una vivienda

Antes de centrarnos en la renta, es importante recordar que la venta de una vivienda también puede generar otros impuestos, como la plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Este tributo se paga al Ayuntamiento, no a Hacienda, y se calcula sobre la revalorización del suelo durante el tiempo que has sido propietario.

Sin embargo, en la declaración de la renta lo que se analiza es el beneficio económico de la operación. Este beneficio tributa en la base del ahorro, con los siguientes tipos impositivos en 2025:

  • 19% para los primeros 6.000 € de ganancia.
  • 21% para ganancias entre 6.001 € y 50.000 €.
  • 23% para ganancias entre 50.001 € y 200.000 €.
  • 27% para ganancias superiores a 200.000 €.

Esto significa que no se aplica un impuesto fijo, sino progresivo según el importe de la ganancia.

Cálculo de la ganancia patrimonial

Para calcular correctamente la ganancia o pérdida patrimonial, se deben tener en cuenta los siguientes conceptos:

Valor de transmisión: el precio al que has vendido la vivienda, restando los gastos derivados de la venta (comisión de agencia, notaría, cancelación de hipoteca, etc.).

Valor de adquisición: el precio que pagaste cuando compraste el piso, más los gastos asociados (impuestos, notaría, registro) y las mejoras realizadas a lo largo del tiempo (por ejemplo, reformas con factura).

La diferencia entre ambos valores será la ganancia patrimonial que deberás declarar. Si el resultado es negativo, podrás compensarlo con otras ganancias en ejercicios futuros.

Exenciones y reducciones disponibles

No todas las ventas de vivienda generan impuestos. Existen varios supuestos de exención que pueden ahorrarte una cantidad significativa de dinero:

  1. Reinversión en vivienda habitual:
    Si utilizas el dinero obtenido en la venta para comprar otra vivienda habitual en un plazo de dos años (antes o después de la venta), puedes quedar exento de tributar por la ganancia.

  2. Mayores de 65 años:
    Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, la ganancia patrimonial queda totalmente exenta de IRPF, sin necesidad de reinvertir el dinero.

  3. Venta a través de una renta vitalicia:
    Las personas mayores de 65 años que vendan cualquier inmueble (no solo la vivienda habitual) y destinen el importe a constituir una renta vitalicia con una aseguradora también pueden beneficiarse de una exención parcial o total.

  4. Pérdidas patrimoniales:
    Si el resultado de la venta es negativo, podrás compensar esa pérdida con otras ganancias en los cuatro ejercicios siguientes.

Cómo incluir la venta en la declaración de la renta

En la declaración, deberás acceder al apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones” e introducir los datos de la operación: fecha de compra, fecha de venta, valores de adquisición y transmisión, y posibles gastos asociados.

La Agencia Tributaria suele disponer de información previa si la operación se ha formalizado ante notario, pero es recomendable revisar y completar todos los datos con exactitud.

Si la venta cumple con alguno de los casos de exención (por reinversión o por edad), deberás marcar la casilla correspondiente e indicar el destino del dinero o el tipo de operación.

En caso de duda, siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal o dejarte guiar por profesionales inmobiliarios con experiencia en este tipo de gestiones.

Vender y declarar con planificación

Vender tu vivienda no termina el día de la firma ante notario. La gestión fiscal posterior también es fundamental para evitar errores y aprovechar las posibles ventajas legales.

Conocer cómo declarar la venta de tu piso en la renta te permitirá planificar mejor la operación y evitar sorpresas con Hacienda.

En Urbalor, te asesoramos no solo en la venta de tu vivienda en Alcorcón, sino también en todo el proceso de valoración, comercialización y acompañamiento hasta el cierre. Nuestro objetivo es que vendas con seguridad, transparencia y el mejor resultado económico posible.

Urbalor, tu inmobiliaria de confianza en Alcorcón.

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