La vivienda suele ser uno de los bienes más importantes que deben gestionar las parejas durante una separación o divorcio. Conocer su valor permite estudiar si conviene venderla, adjudicarla a uno de los propietarios o mantener temporalmente la copropiedad.
El problema aparece cuando cada parte atribuye al inmueble un precio diferente. Una persona puede fijarse en lo que se pagó por la casa, otra en los anuncios publicados en internet y otra en el importe pendiente de la hipoteca. Ninguna de esas cifras representa necesariamente su valor actual de mercado.
Una valoración objetiva ayuda a reducir desacuerdos y proporciona un punto de partida para tomar decisiones. Sin embargo, antes de encargarla conviene saber para qué se necesita, porque una valoración comercial, una tasación hipotecaria y un informe pericial no cumplen la misma función.
¿Por qué es importante valorar la vivienda durante un divorcio?
El valor del inmueble influye directamente en diferentes decisiones:
- Establecer un precio de salida si se vende a un tercero.
- Calcular la compensación cuando uno de los propietarios se queda con la vivienda.
- Conocer el patrimonio que corresponde a cada parte.
- Negociar una extinción de condominio.
- Solicitar financiación para adquirir la parte del otro propietario.
- Comparar el valor de la vivienda con la hipoteca pendiente.
- Resolver discrepancias dentro de una negociación.
- Aportar información en un procedimiento judicial.
Intentar alcanzar un acuerdo sin conocer el valor aproximado de mercado puede perjudicar a una de las partes. También puede prolongar innecesariamente el conflicto.
Precio de compra, deuda hipotecaria y valor actual no son lo mismo
Para valorar correctamente la situación hay que separar tres conceptos.
Precio de compra
Es el importe que se pagó cuando se adquirió la vivienda. Puede servir como antecedente, pero no determina cuánto vale actualmente.
El mercado, el estado del inmueble y las características de la zona pueden haber cambiado desde la compra.
Hipoteca pendiente
Es la cantidad que todavía se debe a la entidad financiera. La deuda no determina el valor de la vivienda.
Un inmueble puede valer más que la hipoteca pendiente, una cantidad similar o, en determinadas circunstancias, menos.
Valor de mercado
Es el precio probable que podría alcanzar la vivienda en las condiciones actuales, considerando sus características, ubicación, estado y demanda.
Cuando se estudia vender o adjudicar una vivienda, este es normalmente el valor que interesa analizar como punto de partida.
¿Cómo se calcula el valor de mercado?
Una valoración comercial debería estudiar tanto el inmueble como el comportamiento del mercado local.
Entre los principales factores se encuentran:
- Ubicación exacta.
- Superficie y distribución.
- Número de dormitorios y baños.
- Planta.
- Existencia de ascensor.
- Orientación y luminosidad.
- Estado de conservación.
- Reformas realizadas.
- Terraza, garaje o trastero.
- Estado del edificio.
- Gastos de comunidad.
- Oferta inmobiliaria de la zona.
- Viviendas semejantes.
- Demanda real de compradores.
- Operaciones cerradas recientemente.
No resulta suficiente con consultar el precio medio por metro cuadrado. Dos viviendas de superficie semejante pueden tener valores diferentes por su planta, estado, orientación, edificio o ubicación dentro del barrio.
Tres tipos de valoración que conviene diferenciar
No todos los informes sobre el valor de una vivienda tienen la misma finalidad.
1. Valoración comercial
La valoración comercial estima el posible precio de mercado de la vivienda.
Resulta útil cuando:
- Los propietarios están estudiando una venta.
- Quieren disponer de una referencia para negociar.
- Desean conocer el precio probable antes de tomar una decisión.
- Necesitan establecer una estrategia de comercialización.
- Quieren comparar la venta a un tercero con la adjudicación a uno de ellos.
Una agencia inmobiliaria especializada en la zona puede realizar este análisis utilizando las características del inmueble, la oferta existente, la demanda y las operaciones comparables.
Esta valoración no sustituye una tasación hipotecaria ni un informe pericial destinado a un procedimiento judicial.
2. Tasación hipotecaria homologada
Puede ser necesaria cuando la persona que se queda con la vivienda necesita solicitar una nueva hipoteca o modificar la financiación existente.
Según explica el Banco de España, las tasaciones para préstamos garantizados con hipoteca deben ser realizadas por sociedades de tasación homologadas.
La tasación ayuda al banco a analizar el inmueble ofrecido como garantía, pero no obliga a conceder la financiación. La entidad también estudiará los ingresos, deudas y capacidad de pago del solicitante.
3. Valoración pericial
Cuando no existe acuerdo y el valor debe defenderse dentro de un procedimiento judicial, puede ser necesario contar con un informe pericial elaborado por un profesional competente.
Su finalidad es justificar técnicamente el valor del inmueble. Dependiendo del procedimiento, cada parte puede aportar su propio informe o intervenir un perito designado judicialmente.
El abogado que lleve el asunto podrá indicar qué tipo de informe resulta apropiado.
¿Qué opciones existen para la vivienda?
Una vez conocido su valor, los propietarios pueden estudiar diferentes soluciones.
Opción 1: vender la vivienda a un tercero
La venta permite transformar el inmueble en dinero y cancelar la copropiedad.
Antes de repartir el resultado deben considerarse:
- Hipoteca pendiente.
- Gastos asociados a la cancelación.
- Gastos de venta.
- Posibles impuestos.
- Deudas o cargas.
- Porcentaje de propiedad de cada titular.
- Acuerdos alcanzados entre las partes.
Cuando existe hipoteca, normalmente deberá solicitarse a la entidad un certificado de deuda pendiente. Parte del precio obtenido podrá destinarse a cancelar el préstamo.
El importe neto restante se distribuirá según la titularidad y los acuerdos jurídicos aplicables a cada caso.
Si ambos propietarios están de acuerdo en vender, conviene establecer previamente:
- Precio mínimo aceptable.
- Agencia encargada de la comercialización.
- Preparación de la vivienda.
- Gestión de visitas.
- Reparto de gastos.
- Forma de aceptar ofertas.
- Fecha prevista para dejar libre el inmueble.
Puedes ampliar esta información en nuestra guía sobre cómo vender una vivienda con varios propietarios.
Opción 2: uno de los propietarios se queda con la vivienda
Otra posibilidad consiste en adjudicar el inmueble a uno de los copropietarios y compensar económicamente al otro.
En este caso es fundamental calcular correctamente:
- Valor actual de la vivienda.
- Porcentaje perteneciente a cada propietario.
- Capital pendiente de la hipoteca.
- Otras cargas o deudas.
- Compensación que corresponde.
- Gastos e impuestos aplicables.
- Capacidad del adjudicatario para asumir la financiación.
La operación puede formalizarse mediante una extinción de condominio cuando concurran sus requisitos. El Consejo General del Notariado explica que se produce cuando uno de los copropietarios recibe la cuota del otro a cambio de una compensación.
La operación concreta debe revisarse con notaría y asesoramiento jurídico y fiscal.
La adjudicación de la vivienda no elimina automáticamente la hipoteca
Este punto provoca numerosos problemas.
Los propietarios pueden acordar que uno se quede con la casa y asuma todas las cuotas. Sin embargo, ese acuerdo no libera automáticamente al otro titular frente al banco.
El Banco de España advierte de que, sin el consentimiento expreso de la entidad financiera, ambos excónyuges continúan siendo deudores y responsables del préstamo.
Para retirar a una persona de la hipoteca debe negociarse con el banco una modificación de titulares o novación. La entidad estudiará la solvencia de quien pretende asumir individualmente la deuda y podrá aceptar o rechazar la operación.
Por tanto, antes de firmar la adjudicación conviene:
- Consultar al banco.
- Solicitar información sobre la novación.
- Comprobar la capacidad financiera del adjudicatario.
- Conocer posibles comisiones y gastos.
- No confundir propiedad del inmueble con responsabilidad frente al préstamo.
Una persona podría dejar de ser propietaria y continuar obligada a pagar la hipoteca si el banco no acepta su salida.
Opción 3: mantener temporalmente la copropiedad
En determinadas circunstancias, los propietarios pueden decidir conservar la vivienda durante un tiempo.
Esta opción puede plantearse cuando:
- Los hijos continúan viviendo en ella.
- No es un buen momento para vender.
- Ninguna de las partes puede asumir inmediatamente la vivienda.
- Se necesita tiempo para organizar la financiación.
- Existen circunstancias personales que aconsejan aplazar la decisión.
Mantener la copropiedad requiere un acuerdo claro sobre:
- Quién utilizará la vivienda.
- Quién pagará la hipoteca.
- Reparto del IBI y la comunidad.
- Suministros.
- Reparaciones y derramas.
- Seguro del hogar.
- Fecha o condiciones para una futura venta.
- Consecuencias de un impago.
- Posibilidad de alquilar el inmueble.
Un acuerdo impreciso puede trasladar el conflicto al futuro.
¿Qué ocurre cuando no existe acuerdo?
Cuando una vivienda pertenece a varias personas, ninguna está obligada indefinidamente a permanecer en la comunidad.
El artículo 400 del Código Civil establece que cada copropietario puede solicitar la división de la cosa común. Cuando el bien es esencialmente indivisible y no se acuerda su adjudicación a uno de ellos compensando a los demás, el artículo 404 contempla su venta y el reparto del precio.
Llegar a esta situación puede implicar costes, plazos largos y pérdida de control sobre el resultado. Por ello, antes de iniciar un procedimiento conviene intentar una negociación apoyada en una valoración razonada.
Cuando exista desacuerdo jurídico debe intervenir un abogado. La inmobiliaria puede aportar información sobre el mercado y estudiar una posible venta, pero no sustituye el asesoramiento legal.
¿Cómo calcular la compensación?
La compensación no debería calcularse aplicando simplemente el porcentaje de propiedad al precio bruto de la vivienda.
Primero deben analizarse:
- Valor de mercado acordado.
- Porcentaje de titularidad.
- Hipoteca pendiente.
- Pagos realizados por cada parte.
- Aportaciones iniciales documentadas.
- Reformas o inversiones.
- Cargas del inmueble.
- Gastos de la operación.
- Consecuencias fiscales.
Ejemplo simplificado
Imaginemos una vivienda con un valor de mercado estimado de 300.000 euros, propiedad de dos personas al 50 %, y una hipoteca pendiente de 100.000 euros.
El valor neto teórico sería:
300.000 € − 100.000 € = 200.000 €
Si ambas partes tuvieran derechos iguales y no existieran otros ajustes, corresponderían teóricamente 100.000 euros a cada una.
Este cálculo es únicamente ilustrativo. En un caso real pueden influir el régimen económico matrimonial, la titularidad registral, aportaciones privativas, deudas, gastos e impuestos. La compensación definitiva debe revisarse con profesionales jurídicos y fiscales.
¿Se debe utilizar el valor catastral?
El valor catastral y el valor de referencia cumplen funciones administrativas y fiscales, pero no indican necesariamente cuánto pagaría un comprador por la vivienda.
Para negociar una venta o adjudicación interesa conocer el valor de mercado. Utilizar exclusivamente un valor fiscal puede beneficiar o perjudicar injustamente a una de las partes.
También conviene revisar que la descripción de la vivienda coincida en escritura, Registro y Catastro. Las diferencias de superficie, titulares o anexos pueden dificultar la valoración y la futura operación.
Puedes consultar nuestra guía sobre las diferencias entre el Registro de la Propiedad y el Catastro.
Documentación necesaria para valorar la vivienda
Para realizar un análisis completo conviene reunir:
- Escritura de propiedad.
- Nota simple actualizada.
- Referencia catastral.
- Recibo del IBI.
- Información sobre la hipoteca pendiente.
- Certificado de la comunidad.
- Información sobre derramas.
- Planos, cuando estén disponibles.
- Documentación de garaje y trastero.
- Certificado energético.
- Relación de reformas realizadas.
- Convenio regulador o documentación del procedimiento, cuando corresponda.
La valoración comercial puede comenzar con algunos datos básicos, pero la documentación permite detectar circunstancias que podrían afectar a la operación.
Errores habituales
Entre los errores más frecuentes se encuentran:
- Utilizar el precio pagado años atrás.
- Confundir la hipoteca pendiente con el valor del piso.
- Elegir únicamente los anuncios más caros.
- Utilizar el valor catastral como precio de mercado.
- Restar la hipoteca después de calcular la parte de cada propietario incorrectamente.
- Acordar una adjudicación sin consultar al banco.
- Creer que dejar de ser propietario significa salir automáticamente del préstamo.
- No comprobar cargas y titularidad.
- Ignorar los gastos e impuestos.
- Encargar una valoración que no sirve para la finalidad prevista.
- Comercializar la vivienda sin el consentimiento de todos los propietarios.
- Firmar arras antes de aclarar la situación jurídica.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria una tasación en un divorcio?
No en todos los casos. Si existe acuerdo y únicamente se necesita conocer el posible precio de venta, puede resultar suficiente una valoración comercial. Si se solicita financiación, existe un procedimiento judicial o se requiere un informe con una finalidad concreta, puede ser necesaria una tasación homologada o pericial.
¿Quién paga la valoración?
Depende del acuerdo entre las partes. Puede pagarla uno de los propietarios o repartirse su coste. Conviene acordarlo antes de encargarla.
¿Qué sucede si cada propietario aporta una valoración diferente?
Las partes pueden intentar acordar un profesional independiente, solicitar una segunda opinión o negociar a partir de los datos aportados. Si el conflicto llega a los tribunales, los abogados indicarán cómo presentar y defender las valoraciones periciales.
¿Puede uno de los propietarios vender la vivienda sin permiso del otro?
Para vender toda la vivienda debe intervenir quien tenga la titularidad necesaria. Un copropietario puede disponer de su propia cuota en determinadas condiciones, pero eso no equivale a vender el inmueble completo. La situación debe revisarse jurídicamente.
¿Quién debe pagar la hipoteca mientras se decide?
Frente al banco responden quienes continúen figurando como prestatarios. Los acuerdos internos pueden establecer otro reparto, pero no modifican por sí solos la responsabilidad frente a la entidad.
¿Urbalor realiza tasaciones oficiales para bancos o tribunales?
Urbalor puede realizar una valoración comercial orientada a conocer el posible precio de mercado y preparar una venta. Las tasaciones hipotecarias deben encargarse a una sociedad homologada y los informes judiciales pueden requerir un perito competente.
Valorar una vivienda en Alcorcón durante una separación
Durante un divorcio es especialmente importante trabajar con información objetiva y evitar que el precio se convierta en una fuente adicional de conflicto.
Si los propietarios están estudiando vender la vivienda o necesitan conocer su posible precio de mercado, Urbalor puede realizar una valoración profesional de la vivienda en Alcorcón basada en sus características, su ubicación y la demanda existente.
La valoración comercial puede servir como punto de partida para negociar o preparar la venta. Cuando exista un conflicto, una adjudicación, consecuencias fiscales o necesidad de modificar la hipoteca, también deberán intervenir los correspondientes profesionales jurídicos, fiscales, notariales o financieros.
Contenido informativo. No sustituye el asesoramiento jurídico, fiscal, bancario o pericial adaptado a cada caso.

